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VESTUARIOS Y CUARTOS DE BAÑO

  • Los vestuarios constituyen un elemento incorporado a la instalación, por lo que la accesibilidad al vestuario deberá comprender la accesibilidad al edificio y la movilidad interior hasta llegar a los vestuarios.

    Para poder acceder al vestuario es necesario que exista un itinerario accesible hasta el mismo desde las áreas de acceso y diversas instalaciones deportivas, así como desde las saunas, duchas y aseos. Las puertas con anchura mínima de 90 centímetros y altura de 2,20 metros facilitan la accesibilidad de todo tipo de usuarios. Resulta conveniente proteger la parte inferior de las puertas de los golpes mediante un zócalo de una altura mínima de 40 centímetros. Es recomendable disponer de desagües enrasados con el suelo, con rejillas adecuadas para evitar atrapamientos de las ruedas de las sillas o de los bastones.

    La superficie dedicada a vestuarios dependerá del número de personas que se prevea en las instalaciones en hora punta. Los vestuarios podrán ser individuales o colectivos. Los individuales deben medir al menos 1,50 x 1,80 metros, y debe contar con un asiento abatible (si es posible regulable en altura), barras de apoyo abatibles, espejo y percha situada en la zona de alcance. La puerta de entrada al vestuario no debe interferir en el espacio libre de maniobra. Al menos el 5% de los vestuarios individuales debe ser accesible.

  • Las taquillas se recomienda que sean fácilmente alcanzables por una persona en posición sentada. Para ello han de colocarse a una altura máxima de 1,22 metros sobre una bancada de 30 centímetros. Las taquillas deben disponer de pestillos y tiradores fácilmente manejables. Las taquillas deberían ser de color diferente en cada una de sus filas y deberían coincidir con el color del llavero que se entrega. Cada una de las taquillas estará correctamente rotulada en macro caracteres contrastados en relieve y en braille. La numeración deberá situarse encima de la cerradura para facilitar su localización táctil.

  • El baño es un espacio para la higiene, vital e imprescindible en cualquier edificio público o privado, donde además de las funciones fisiológicas se realizan otras actividades que tienen que ver con el cuerpo y sus cuidados. Estos espacios deben permitir el acceso, la movilidad interior y el uso del mismo a todas las personas que puedan utilizar el edificio o espacio donde se encuentran, incluidas las personas con discapacidad. Si en las dependencias sólo existe un baño o aseo, éste deberá ser accesible para todos los posibles usuarios. Si existen varios baños o aseos, al menos uno deberá ser utilizable por personas con cualquier tipo de discapacidad. El aseo y el baño accesible se identificará (señalizará) con el símbolo internacional de accesibilidad.

Accecibilidad en los baños: en el primer caso, hay barras fijas que impiden su uso y, en el segundo, hay una disposición de cuarto de baño adaptado.

De izquierda a derecha y de arriba a abajo: ducha accesible y ducha con barras de ayuda; lavabo accesible; taquillas con alto contraste y taquillas en doble altura.

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